ABSOLUCIÓN DELITOS SOCIETARIOS
- VILAVERT ABOGADOS
- 13 oct 2024
- 4 Min. de lectura
Actualizado: 15 oct 2024
El Derecho Penal Económico y Societario es un área compleja que, en muchas ocasiones, enfrenta a los administradores de empresas con serias acusaciones que pueden comprometer no solo su patrimonio, sino también su libertad. En esta ocasión, nuestro equipo jurídico liderado por Javier Vilavert ha logrado una importante victoria al obtener la absolución de nuestros clientes en un caso de delitos societarios y administración desleal, una decisión que posteriormente ha sido confirmada por la Audiencia Provincial de Ciudad Real.
Contexto y Acusaciones Iniciales
El proceso penal comenzó en virtud de dos querellas presentadas ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Alcázar de San Juan, que derivaron en un único Procedimiento Abreviado ante el Juzgado de lo Penal número 1 de Ciudad Real (Juicio Oral 395/2020). A nuestros clientes, administradores de una sociedad mercantil, se les imputaba la comisión de varios delitos: falsedad documental (art. 390 y 392 del Código Penal), administración desleal (art. 252 CP) e imposición de acuerdos abusivos en perjuicio de los socios, amparados en su condición de administradores (art. 291 CP), entre otros. El Ministerio Fiscal y varias acusaciones particulares solicitaron penas severas, que incluían prisión de hasta 8 años, multas económicas y una responsabilidad civil cifrada en más de 2 millones de euros.
El núcleo de las acusaciones se centraba en la supuesta falsificación de las cuentas anuales de la sociedad, presentadas ante el Registro Mercantil, y en la negación de derechos fundamentales a los socios, como la participación y el control sobre la gestión de la empresa. Las acusaciones aseguraban que los administradores habrían tomado decisiones abusivas que beneficiaban a unos socios en detrimento de otros.
Estrategia de Defensa y Absolución en Primera Instancia
Durante el juicio, nuestra estrategia se basó en desacreditar las pruebas presentadas por la acusación y demostrar la falta de fundamentos en las imputaciones. En primer lugar, evidenciamos que las certificaciones de las juntas ordinarias y universales donde se aprobaron las cuentas anuales no habían sido falsificadas, y no existía prueba que demostrara la falsedad de dichas juntas. Además, defendimos que nuestros clientes nunca negaron el acceso a la información ni impidieron la participación de los socios, por lo que no se podía hablar de administración desleal.
La jueza del Juzgado de lo Penal número 1 de Ciudad Real dictó SENTENCIA ABSOLUTORIA. En su fallo, estableció que no había suficientes pruebas que demostraran que las juntas no se celebraron y, por lo tanto, no se pudo acreditar que los documentos fueran falsos. Asimismo, el tribunal sostuvo que no se habían producido acciones tendentes a limitar los derechos de información de los socios ni se habían adoptado acuerdos abusivos en perjuicio de la sociedad. Con base en estas consideraciones, la jueza decidió absolver a nuestros representados.
Confirmación de la Sentencia por la Audiencia Provincial
A pesar de la contundencia de la sentencia absolutoria, las acusaciones particulares interpusieron recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Ciudad Real (Recurso de Apelación 133/2023), alegando error en la valoración de la prueba y solicitando la nulidad de la sentencia, así como la celebración de un nuevo juicio. Los recurrentes mantenían que la jueza de instancia había incurrido en errores graves al no valorar correctamente ciertos testimonios y pruebas documentales.
La Audiencia Provincial, tras analizar en profundidad los argumentos de las partes y revisar la prueba practicada en el juicio, concluyó que la sentencia de primera instancia no adolecía de los defectos que alegaban las acusaciones. En su fallo (Sentencia 47/2024), la Audiencia Provincial confirmó la absolución de nuestros clientes, destacando que no se había producido ninguna valoración irracional o arbitraria de la prueba por parte de la jueza de instancia. La Audiencia subrayó que el derecho a la tutela judicial efectiva no implica el derecho a una resolución favorable, sino a una sentencia razonada, y en este caso, la jueza había valorado correctamente toda la prueba disponible.
Por tanto, el tribunal de apelación desestimó el recurso y confirmó la sentencia absolutoria.
Reflexión sobre el Caso y su Relevancia
Este caso pone de manifiesto la importancia de contar con una defensa sólida y técnica en los procesos penales que involucran delitos societarios y económicos. Las imputaciones de falsedad documental y administración desleal suelen estar acompañadas de graves consecuencias penales y económicas, por lo que es fundamental abordar estas acusaciones con un enfoque legal preciso.
En este sentido, la absolución confirmada por la Audiencia Provincial refuerza la idea de que no toda discrepancia en la gestión societaria puede llevar automáticamente a una condena penal. Los administradores tienen un margen de discrecionalidad en la toma de decisiones, siempre que estas se realicen en cumplimiento de la normativa vigente. El hecho de que no se haya podido acreditar ninguna conducta dolosa o abusiva por parte de nuestros clientes ha sido clave para acreditar su inocencia.
Conclusión
La confirmación de la absolución en este caso es un gran éxito para nuestros representados y un reflejo del alto nivel de exigencia que debe cumplirse para condenar a alguien por delitos societarios y administración desleal. Además, este fallo es un claro recordatorio de que el sistema judicial español protege el derecho a la presunción de inocencia y que las acusaciones infundadas no pueden prosperar sin pruebas contundentes. En definitiva, este caso refuerza la importancia de una defensa técnica y precisa en el ámbito penal económico.
En VILAVERT ABOGADOS contamos con una dilatada experiencia en este tipo de asuntos penales habiendo alcanzado hasta ahora la absolución de nuestros clientes en el 100% de los casos defendidos.
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